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CONOCE COMO PRESENTAR LOS ULTIMOS 6 SUELDOS Y PAGAR LA CTS

 

Según la Ley N° 29352, D.S N° 016-2010-TR, NUEVO REGIMEN DE INTANGIBILIDAD de CTS, que será aplicable a partir del mes de Mayo del 2011, indica que los trabajadores podrán DISPONER solo hasta el 70% del excedente de la diferencia entre el importe total acumulado en su cuenta de CTS y la sumatoria de las 06 últimas remuneraciones brutas (Noviembre 2010 – Abril 2011).

Por lo tanto, y para poder cumplir dicha disposición, las empresas están obligadas a informar a las instituciones financieras la suma de los 06 últimos sueldos brutos mensuales de sus empleados. En caso contrario, el trabajador se verá perjudicado con la imposibilidad de disponer dinero de la cuenta de CTS.

Caso 1

  • Total acumulado cuenta de CTS (entidad financiera) S/.4,500.00

  • Total sumatoria de 06 últimas remuneraciones brutas (S/.600.00). S/. 3,600.00

  • EXCEDENTE S/. 900.00 x 70%

  • MONTO DISPONIBLE S/.630.00

Caso 2

  • Total acumulado cuenta de CTS (entidad financiera) S/.2,700.00

  • Total sumatoria de 06 últimas remuneraciones brutas (S/.600.00). S/. 3,600.00

  • NO EXISTE EXCEDENTE S/. (900.00)

Línea Gratuita 0800-44443

AMÉRICA LATINA

Tel: 123-456-7890 
Sin costo: 123-456-7890 

EUROPA
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